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Historia, excelencia y calidad

NIT. 899.999.044-3                        

Oficinas Centrales

Bogotá D.C.

No.

01.941.803

Fecha Elaboración: 12/07/2017 09:26:08 a.m.

 

 

ASUNTO        :

Respuesta a observaciones proceso IPO 090/2017 Proyecto 6571

 

 

Señores:

OFERENTES

 

La Industria Militar da respuesta a las observaciones formuladas al proceso invitación pública a ofertar 090/2017, proyecto 6571 para la Adquisición carga de demolición M112 - C4, así:

 

1. Observación presentada por la firma Simtech, Inc., el día 23 de junio de 2017, a través de la página web de la entidad a través del requerimiento 02.420.738, así:

 

“…Nos gustaria que nos enviaran las bases por correo electronico.Nuestra empresa esta localizada en Connecticut en los Estados Unidos de America.

El origen del material es Estados Unidos de America…”

 

Respuesta a la observación:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que las bases del proceso de la referencia se encuentran publicadas en la página web de la entidad www.indumil.gov.co/INDUMIL.Consulta.Procesos/ y en el SECOP, donde podrán bajar las bases del proceso solicitadas.

 

 

2. Observación presentada por la Sra. Johana Garzón, el día 28 de junio de 2017, a través de la página web de la entidad a través del requerimiento 02.423.772, así:

 

Observación:

 

“…Respetuosamente nos permitimos solicitar a ustedes, de acuerdo a su Borrador Bases Invitación Pública IPO No. 090/2017 Proyecto 6571 copia del Documento Técnico No. IM OC DME FT 343 Revisión No.2 correspondiente a la Carga de Demolición M112 - C4 de demolición de dicho proceso…”

 

Respuesta a la observación:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que el documento técnico solicitado fue enviado el día 11 de julio de 2017 por correo al electrónico del interesado.

 

 

3. Observación presentada por el Sr. Carlos Aguilar, el día 29 de junio de 2017, a través de la página web de la entidad a través del requerimiento 02.424.346, así:

 

Observación:

 

“…A traves de la presente queremos solicitar que se publique el Anexo 7 o Documento Tecnico No. IM OC DME FT 343 Revisión No.2…”

 

Respuesta a la observación:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que el documento técnico solicitado fue enviado el día 11 de julio de 2017 por correo al electrónico del interesado.

 

 

4. Observación presentada por la firma IZMA SAS, el día 29 de junio de 2017, a través de la página web de la entidad a través del requerimiento 02.424.543, así:

 

Observación:

 

“…De la manera más cordial solicitamos al Señor Coronel, concedernos una prórroga hasta el 14 de Julio de 2017, en el cierre de la presentación de la oferta del proceso de la referencia.


El motivo que nos obliga a solicitar esta prórroga obedece a que nuestra representada, requiere de más tiempo para la consecución de los documentos legales requeridos en el pliego de condiciones.


Agradecemos del Señor Coronel, su amable colaboración y comprensión a la presente…”

 

Respuesta a la observación:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que con adendas prorrogó el cierre del proceso de la referencia para el día 13 de julio de 2017 a las 10:00 horas, las cuales fueron públicas en la página web de la entidad y en el SECOP.

 

 

5. Observaciones presentadas por la firma Naher Trading S.A., el día 4 de julio de 2017, a través de la página web de la entidad a través del requerimiento 02.426.407, así:

 

Observación 1:

 

“…Página 9 de 79: Idioma de la Oferta

De acuerdo al Numeral 11 y de conformidad por lo establecido por Colombia Compra Eficiente y específicamente en la Circular No. 17 del 11 de febrero de 2015: Los documentos en un idioma distinto al castellano, deben ser presentados en su lengua original junto con la traducción al castellano. El proponente puede presentar con la oferta una traducción simple al castellano. Si el proponente resulta adjudicatario, debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados en idioma extranjero. La traducción oficial debe ser el mismo texto presentado. Por consiguiente, solicitamos se confirme y aclare que todos los documentos incluidos en la oferta se podrán presentar con Traducción Simple”

 

 

 

 

Respuesta a la observación 1:

 

Conviene resaltar lo establecido en la IAP 17.1: “… Dichos documentos si se encuentran en idioma diferente al español adicionalmente se debe adjuntar traducción oficial al español de acuerdo con el artículo 251 del Código General del Proceso y el artículo 480 del Código de Comercio”.

 

De acuerdo a lo anterior, como regla general el oferente debe entregar la totalidad de los documentos que hacen parte de su propuesta, sin embargo si se trata de un requisito subsanable, el oferente contará con 3 días hábiles o el término que la Industria Militar señale para allegar los documentos subsanables que sean solicitados por la entidad. Para el caso particular de las traducciones oficiales, por ser un requisito de forma, los oferentes podrán entregarlas en el plazo que la Industria Militar establezca en el cuadro de evaluación definitivo.

 

Observación 2:

 

“Página 12 de 79: Documentos Otorgados en el Extranjero

De acuerdo al numeral 19 se especifica que:

Los documentos otorgados en el extranjero tendrán pleno valor con la sola apostille, si el país que lo origina es miembro de la convención de la Haya. En el evento en que el Estado no sea miembro de la Convención los documentos deberán ser legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

De conformidad en lo establecido por Colombia Compra Eficiente y específicamente en la circular No. 17 del 11 de febrero de 2015: Las Entidades Estatales solamente pueden exigir la legalización de acuerdo con la Convención de la Apostilla para los documentos públicos otorgados en el extranjero, y según el numeral “Los Proponentes deberán tener en cuenta que en casos de certificaciones, autorizaciones o documentos que plasmen la voluntad de quien lo suscribe (documento privado), los mismos deberán ser presentados por el originador del documento ante un notario del país de origen (convirtiéndose en un documento público) para su posterior sello de apostille o legalización” con lo cual diferimos ya que los documentos que se notarizan no se convierten en público y menos documentos de origen privado como los requeridos para los proponentes. La notarizacion simplemente está evidenciando el hecho que se presenta la persona firmante o quien suscribe el documento ante un Notario quien comprueba la identidad de la persona, en ningún momento se convierte el documento en público toda vez que el notario quien es el funcionario público no interviene en el documento, no lo afecta y no genera cambio sobre el documento. Solamente los documentos que tienen intervención de funcionarios públicos son públicos, los documentos privados mantienen su característica de privado después del proceso de notarizacion 

Este tipo de legalización no es procedente para los documentos privados. Por consiguiente, solicitamos se aclare que para documentos privados no se exigirá la Apostilla o Consularizacion”

 

Respuesta a la observación 2:

 

Es importante aclarar que conforme al numeral 19.1 de la Parte 1 – Procedimiento de Invitación a Presentar Ofertas - de las bases, en concordancia con la IAP 17.1, requisitos jurídicos, se solicitará apostille o consularización para los siguientes documentos privados:

 

“… Los oferentes deberán tener en cuenta que en casos de certificaciones, autorizaciones o documentos que plasmen la voluntad de quien lo suscribe (documento privado), los mismos deberán ser presentados por el originador del documento ante un notario del país de origen (convirtiéndose en un documento público) para su posterior sello de apostille o legalización…”

 

 

 

Observación 3:

 

“Página 22 de 79: Lugar de Entrega

Dado que la propuesta debe presentarse en términos Incoterms FOB Puerto Galveston Texas, USA, solicitamos amablemente nos confirmen quien será el exportador en EEUU y quien será el responsable por las Licencias de Exportación en EEUU”

 

Respuesta a la observación 3:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que el exportador en EEUU es la firma a quien se le adjudicará el contrato, así mismo, será el responsable de tramitar las respectivas Licencias de Exportación en EEUU.

 

Observación 4:

 

“Página 22 de 79: Fecha de Entrega

De acuerdo a la complejidad del ítem solicitado y a su transporte de fábrica solicitamos se amplíe el tiempo de entrega a 120 días, tiempo que es totalmente viable dentro de este tipo de contratación y no afecta la ejecución del cronograma. Asimismo hay que tener en cuenta las diferentes licencias que deben obtenerse en EEUU”

 

Respuesta a la observación 4:

 

Una vez revisada la observación, la Industria Militar informa que con adenda modifica el plazo de entrega establecido en la IAP 6.3 de las bases del proceso de la referencia, la cual se publicará en la página web de la entidad y en el SECOP.

 

Observación 5:

 

“Página 23 de 79: Forma de Pago

De acuerdo a lo descrito en el IAP 6.3 y teniendo e”

 

Respuesta a la observación 5:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no da respuesta a la observación, teniendo en cuenta que la solicitud está incompleta.

 

 

6. Observaciones presentadas por el Sr. Juan Manuel López S., el día 5 de julio de 2017, en la página web de la entidad a través de requerimientos 02.428.707, 02.428.768 y 02.429.174, así:

 

Observación 1:

 

“…PLAZO DE ENTREGA CONTRATO.

Se solicita la División de adquisiciones de la Industria Militar se amplié la fecha de plazo de entrega del contrato de 80 días a 120 días calendario contados a partir de la comunicación del oficio de aceptación de oferta al correo electrónico de notificación judicial que aparezca registrado en la Cámara de Comercio del contratista, lo anterior basándonos en proceso anterior realizado por Industria Militar 095/2016 en que el contrato quedo suscrito el día 3 de agosto de 2016 y la fecha de entrega de los elementos se estableció para el día 15 de Noviembre de 2016, es decir 3 meses y 12 días calendario para la entrega 

Por lo anterior reiteramos nuestra solicitud de ampliación de tiempo, puestos que la fabricación de estos tipos de productos catalogados como material peligroso 1.1D tienen un proceso controlado para la adquisición de materias primas para la fabricación, adicionalmente se suma los permisos por parte del Departamento de Estado (ITAR) y los demás pesos por parte de Departamento de Comercio de los Estados Unidos, aumente los tiempos para la entrega a satisfacción a la Industria Militar”

 

Respuesta a la observación 1:

 

Una vez revisada la observación, la Industria Militar informa que con adenda modifica el plazo de entrega establecido en la IAP 6.3 de las bases del proceso de la referencia, la cual se publicará en la página web de la entidad y en el SECOP.

 

Observación 2:

 

“ACREDITACIÓN EXPERIENCIA CONTRATO.

Se solicita a la División de Adquisiciones, clarificar la acreditación de experiencia especifica del 100%, si es por el valor del presupuesto FOB es de $395.035.487 o por el valor del presupuesto 1.118.103.175 incluyendo IVA, puesto que como se enuncia el pliego borrador el presupuesto restante de $ 723.067.688 corresponde a impuestos y gastos administrativos internos de la Industria Militar y en su Nota informa al oferente que solo debe tener en cuenta el presupuesto del numeral 1”

 

Respuesta a la observación 2:

 

Una vez revisada la observación, la Industria Militar informa que con adenda modifica los requisitos técnicos establecidos en la IAP 17.1 de las bases del proceso de la referencia, la cual se publicará en la página web de la entidad y en el SECOP.

 

Observación 3:

 

“REQUISITOS FINANCIEROS Y JURÍDICOS HABILITANTES

Se solicita a la administración, sea informado los Requisitos Financieros y Jurídicos Habilitantes, así como los indicadores de capacidad financiera para la conformación Uniones Temporales y/o Consorcios, toda vez que en el Borrador del Pliego no se encuentran definidos estos requisitos”

 

Respuesta a la observación 3:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que tal como se indica en el en el I.A.P. 17.1 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar los requisitos e indicadores financieros son los citados a continuación y se comunica que para el cálculo de los indicadores financieros se toma la sumatoria de los valores de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal.

 

FINANCIEROS

 

PROVEEDOR EXTRANJERO CON REPRESENTACIÓN EN COLOMBIA

 

CAPACIDAD FINANCIERA

 

Con el fin de habilitar los oferentes para la participación en el proceso deberán cumplir los siguientes requisitos financieros soportados a través de la siguiente documentación requerida:

 

PROVEEDOR EXTRANJERO

 

*Estados financieros de la vigencia inmediatamente anterior, apostillados o consularizados, con traducción oficial al idioma español. Convertidos a la moneda funcional colombiana, indicando la tasa de conversión y firmados por el representante legal de la firma extranjera en Colombia y Contador Público Colombiano.

 

*Tarjeta profesional y Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores, del Contador Público colombiano que certifica los Estados Financieros.

 

Cuando la entidad proponente sea un Gobierno Extranjero o alguna Entidad Estatal Extranjera del orden nacional, no requerirá presentar los estados financieros siempre y cuando se anexe una carta emitida por el Representante Legal del oferente (del país de origen), bajo la gravedad de juramento, en la cual conste que esta sociedad no está obligada por Ley a emitir los documentos financieros requeridos. (la cual deberá estar apostillada o consularizada y visada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia) documento que deberá ser aportado con el cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley colombiana para la oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el extranjero, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 251 Código General de Procesos.

 

Si la propuesta es presentada en consorcio o unión temporal, los Estados Financieros deben ser presentados de cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal, reuniendo la totalidad de los requisitos exigidos anteriormente y los indicadores financieros se calculan sobre la sumatoria de los valores de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal registrados en el Balance General.

 

REQUISITOS HABILITANTES

 

Con la información suministrada se verificarán los siguientes indicadores con el fin de habilitar las ofertas.

 

INDICADORES FINANCIEROS

 

Capital de Trabajo (CT):

 

El capital de trabajo debe ser positivo y como mínimo equivalente al 10% del valor total del presupuesto oficial establecido para el proceso.

 

CT = Activo Corriente – Pasivo Corriente > al 10% del valor total del presupuesto oficial.

 

Cuando el capital de trabajo sea positivo pero inferior al solicitado, la Industria Militar podrá a su criterio, en caso de aceptación de la oferta requerir que la diferencia sea respaldada con una póliza o aval bancario.

 

Indicador de Endeudamiento:

 

Endeudamiento Total = PASIVO TOTAL x 100 / ACTIVO TOTAL < = 75%.

 

Cuando el proponente, exceda el nivel de endeudamiento del 75% y siempre y cuando este sea menor al 85%, la Industria Militar podrá a su criterio, en caso de aceptación de la oferta, requerir que la póliza de cumplimiento presentada se incremente en los puntos porcentuales excedidos.

 

Capacidad Patrimonial:

 

Para los efectos aquí previstos se entiende por capacidad patrimonial o patrimonio neto la diferencia entre activos y pasivos. El proponente deberá acreditar una capacidad patrimonial mínima que compruebe su posibilidad real de asumir el costo que le representa la ejecución del contrato. La capacidad patrimonial requerida para la oferta se calculará en pesos colombianos teniendo en cuenta la siguiente fórmula:

 

CPR = VTP x N

Donde:

 

CPR = Capacidad Patrimonial Requerida que debe ser acreditada en cada caso.

 

VTP = Valor Total del Presupuesto Oficial

 

N = 50%

 

En caso que la capacidad patrimonial sea positiva pero inferior a la solicitada, la Industria Militar podrá a su criterio, en caso de aceptación de la oferta requerir que la diferencia sea respaldada con una póliza o aval bancario.

 

Causales de Inhabilidad Financiera: Se considera que la propuesta no cumple financieramente en los siguientes casos:

 

1. Cuando el proponente no cumpla definitivamente con la entrega de los documentos requeridos por la Industria Militar para la evaluación financiera enunciados.

2. Cuando el proponente presente capital de trabajo negativo.

3. Cuando el proponente presente un nivel de endeudamiento superior al ochenta y cinco por ciento (85%).

4. Cuando la capacidad patrimonial sea negativa.

 

PROVEEDOR EXTRANJERO COMPRA DIRECTA

 

CAPACIDAD FINANCIERA

 

Con el fin de habilitar los oferentes para la participación en el proceso deberán cumplir los siguientes requisitos financieros soportados a través de la siguiente documentación requerida:

 

PROVEEDOR EXTRANJERO

 

*Estados financieros de la vigencia inmediatamente anterior, apostillados o consularizados, con traducción oficial al idioma español. Convertidos a la moneda funcional colombiana, indicando la tasa de conversión y firmados por el representante legal de la firma extranjera.

 

Cuando la entidad proponente sea un Gobierno Extranjero o alguna Entidad Estatal Extranjera del orden nacional, no requerirá presentar los estados financieros siempre y cuando se anexe una carta emitida por el Representante Legal del oferente (del país de origen), bajo la gravedad de juramento, en la cual conste que esta sociedad no está obligada por Ley a emitir los documentos financieros requeridos. (la cual deberá estar apostillada o consularizada y visada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia) documento que deberá ser aportado con el cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley colombiana para la oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el extranjero, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 251 Código General de Procesos.

 

Si la propuesta es presentada en consorcio o unión temporal, los Estados Financieros deben ser presentados de cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal, reuniendo la totalidad de los requisitos exigidos anteriormente y los indicadores financieros se calculan sobre la sumatoria de los valores de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal registrados en el Balance General.

 

REQUISITOS HABILITANTES

 

Con la información suministrada se verificarán los siguientes indicadores con el fin de habilitar las ofertas.

 

INDICADORES FINANCIEROS

 

Capital de Trabajo (CT):

 

El capital de trabajo debe ser positivo y como mínimo equivalente al 10% del valor total del presupuesto oficial establecido para el proceso.

 

CT = Activo Corriente – Pasivo Corriente > al 10% del valor total del presupuesto oficial.

 

Cuando el capital de trabajo sea positivo pero inferior al solicitado, la Industria Militar podrá a su criterio, en caso de aceptación de la oferta requerir que la diferencia sea respaldada con una póliza o aval bancario.

 

Indicador de Endeudamiento:

 

Endeudamiento Total = PASIVO TOTAL x 100 / ACTIVO TOTAL < = 75%.

 

Cuando el proponente, exceda el nivel de endeudamiento del 75% y siempre y cuando este sea menor al 85%, la Industria Militar podrá a su criterio, en caso de aceptación de la oferta, requerir que la póliza de cumplimiento presentada se incremente en los puntos porcentuales excedidos.

 

Capacidad Patrimonial:

 

Para los efectos aquí previstos se entiende por capacidad patrimonial o patrimonio neto la diferencia entre activos y pasivos. El proponente deberá acreditar una capacidad patrimonial mínima que compruebe su posibilidad real de asumir el costo que le representa la ejecución del contrato. La capacidad patrimonial requerida para la oferta se calculará en pesos colombianos teniendo en cuenta la siguiente fórmula:

 

CPR = VTP x N

Donde:

 

CPR = Capacidad Patrimonial Requerida que debe ser acreditada en cada caso.

 

VTP = Valor Total del Presupuesto Oficial

 

N = 50%

 

En caso que la capacidad patrimonial sea positiva pero inferior a la solicitada, la Industria Militar podrá a su criterio, en caso de aceptación de la oferta requerir que la diferencia sea respaldada con una póliza o aval bancario.

 

Causales de Inhabilidad Financiera: Se considera que la propuesta no cumple financieramente en los siguientes casos:

 

1. Cuando el proponente no cumpla definitivamente con la entrega de los documentos requeridos por la Industria Militar para la evaluación financiera enunciados.

2. Cuando el proponente presente capital de trabajo negativo.

3. Cuando el proponente presente un nivel de endeudamiento superior al ochenta y cinco por ciento (85%).

4. Cuando la capacidad patrimonial sea negativa.

 

Observación 4:

 

“AMPLIACION FECHA DE ENTREGA OFERTA

Se solicita se conceda la ampliación de fecha de entrega de la oferta en los términos legales de tres días adicionales a la pactada en el borrador del pliego, hasta que la División de Adquisiciones Industria Militar – Indumil, de respuestas a las observaciones aquí presentadas”

 

Respuesta a la observación 4:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que con adendas se prorrogó la fecha de entrega de las ofertas hasta el día 13 de julio de 2017 a las 10:00 horas, las cuales se encuentran publicadas en la página web de la entidad y en el SECOP.

 

Observación 5:

 

“Nos gustaria que nos enviaran las bases por correo electronico.Nuestra empresa esta localizada en Connecticut en los Estados Unidos de America.

El origen del material es Estados Unidos de America”

 

Respuesta a la observación 5:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que las bases del proceso de la referencia se encuentran publicadas en la página web de la entidad www.indumil.gov.co/INDUMIL.Consulta.Procesos/ y en el SECOP, donde podrán bajar las bases del proceso solicitadas.

 

Observación 6:

 

“Se solicita a la Administración sea informado los Requisitos Habilitantes para PROVEEDORES NACIONALES, puesto que en el pliego definitivo no queda claro estos requisitos los cuales son de suma importancia para no excluir a los posibles oferentes nacionales que hayan comercializado este tipo de productos en Colombia”

 

Respuesta a la observación 6:

 

En atención a la observación y de acuerdo al objeto a contratar en el presente proceso, debemos aclarar que no se incluyó dentro de los requisitos jurídicos a los oferentes nacionales, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 223 de la Constitución Política de Colombia: “Sólo el Gobierno puede introducir y fabricar armas, municiones de guerra y explosivos…”

 

Así las cosas, el monopolio de las armas, municiones y explosivos está en cabeza del Estado, por lo cual no pueden ser comercializados por nacionales.

 

De acuerdo a lo anterior, no es procedente la solicitud.

 

 

7. Observación presentada por la Sra. Angélica María Gómez Aconcha, el día 6 de julio de 2017, en la página web de la entidad a través del requerimiento 02.429.457, así:

 

Observación:

 

“Respetuosamente nos permitimos solicitar a ustedes copia del Documento Técnico No. IM OC DME FT 343 Revisión No.2 correspondiente a la Carga de Demolición M112 - C4 de demolición de dicho proceso”

 

Respuesta a la observación:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que el documento técnico solicitado fue enviado el día 11 de julio de 2017 por correo al electrónico del interesado.

 

 

8. Observación presentada por el Sr. Guillermo Escovar C, el día 6 de julio de 2017, en la página web de la entidad a través del requerimiento 02.429.739, así:

 

Observación:

 

“Interesados en conocer las características técnicas requeridas por Indumil, para determinar nuestra posible participación en el proceso, respetuosamente nos permitimos solicitar se nos proporcione copia controlada del documento técnico IM OC DME FT 343 Revisión No. 2,correspondiente a la Carga de Demolición M112 – C4”

 

Respuesta a la observación:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que el documento técnico solicitado fue enviado el día 11 de julio de 2017 por correo al electrónico del interesado.

 

 

9. Observaciones presentadas por el Sr. Andrés Reyes, el día 7 de julio de 2017, en la página web de la entidad a través del requerimiento 02.431.482, así:

 

Observación 1:

 

“En la ficha técnica IM OC DME FT 343Revisión 02, en su numeral 8 Garantía, se indica que la misma debe ser por un periodo de tres (5) años; agradecemos el informarnos el término correcto solicitado para la garantía, ya sea de tres (3) o de cinco (5) años”

 

Respuesta a la observación 1:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que acepta la solicitud y se aclara que son cinco (5) años de garantía.

 

Así mismo se informa que la ficha técnica IM OC DME FT 343 se actualizó y se envió de nuevo a todos los interesados que la habían solicitado

 

 

 

 

Observación 2:

 

“En razón a los numerosos documentos solicitados y a las inquietudes encontradas, nuestra representada se encuentra solicitando la extensión al cierre de la oferta hasta el próximo 17 de julio, fecha estimada en la que nuestra representada habría recogido la documentación exigida, apostillado y tramitado los trámites de legalización y realizado la traducción de los documentos”

 

Respuesta a la observación 2:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que con adendas prorrogó el cierre del proceso de la referencia para el día 13 de julio de 2017 a las 10:00 horas, las cuales fueron publicadas en la página web de la entidad y en el SECOP.

 

Observación 3:

 

“La Composición C-4 utilizada por las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos contiene 91% de RDX (Research Department Explosive, nitroamina explosiva), 5,3% de dioctilo sebacato (DOS) o dioctil adipato (DOA) como plastificante (para aumentar la plasticidad del explosivo), 2,1% de poliisobutileno (PIB, caucho sintético) como aglutinante y 1,6% de un aceite mineral a menudo denominado "aceite de proceso". Por lo anterior, desconocemos la razón por la que se ha cambiado la especificación del C4 para incluir un total de 9% de DOA. En el mismo aparte 2 se solicita la norma MIL-C-45010A que contradice la especificación solicitada a continuación. Agradecemos informarnos si se acepta la composición química de la norma militar americana, única norma fabricada por nuestra representada”

 

Respuesta a la observación 3:

 

Una vez revisada la observación, la Industria Militar informa que no se acepta la solicitud y se aclara que las especificaciones y composición química del elemento a contratar son exigidas por la Policía Nacional.

 

Observación 4:

 

“En el ANEXO 4 FORMULARIO DE OFERTA DE PRECIO, se solicita el valor unitario FOB, sin embargo se informa que se debe incluir el valor DAT del descargue, es importante confirmar que la oferta se presentará EXCLUSIVAMENTE en términos FOB ya que no se podrían incluir costos adicionales a los términos FOB ofertados”

 

Respuesta a la observación 4:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar aclara que se debe diligenciar el anexo 4 “Formulario de oferta de precio”, hasta el valor FOB, teniendo en cuenta que la oferta debe ser presentada en dicho término, de acuerdo a lo establecido en las bases del proceso de la referencia.

 

Observación 5:

 

“En razón a que los elementos se entregarán en términos FOB, agradecemos informarnos la responsabilidad del formulario DSP5 Licencia de Exportación de material restringido de los Estados Unidos a quién corresponde, quién será el exportador, intermediario, agencia de carga y destinatario y usuario final ya que sin esta información, no podría realizarse el despacho”

 

 

 

Respuesta a la observación 5:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que el formulario "DSP5 Licencia de Exportación", lo tramita la Industria Militar y se le notifica al contratista para que puedan realizar el trámite de la licencia de exportación ante la entidad correspondiente de los Estados Unidos de Norteamérica, así mismo, se informa que el destinatario final será la Policía Nacional.

 

En cuanto al intermediario y la agencia de carga, la Industria Militar le informará al contratista con el debido tiempo para que se empiecen a realizar las coordinaciones logísticas para el despacho.

 

 

Atentamente,

 

 

Coronel (RA) NESTOR RAÚL ESPITIA RIBERO

Gerente General (E)

Firma:

Firma:

Firma:

Firma:

Elaboró: Jorge Eliécer Vega Cabrera

Revisó: Bibiana Díaz Palacios

VºBº: José Wilson Orjuela Avilán

VºBº: Jacqueline Mora Ardila

Cargo: Profesional Universitario -DA

Cargo: Profesional Universitario -DA

Cargo: Jefe División de Adquisiciones

Cargo: Subgerente Administrativa

 

 

 

 

 

 

 

 

Documento de referencia: 01.940.251 - RESPUESTA OBSERVACIÓN REQUERIMIENTO SYNERGY 02.426.407 PROYECTO 6571 - NAHER TRADING S.A - SGC.

01.940.323 - Respuesta a observaciones - IPO 090/2017 - Pr. 6571 - OJ-GC.

01.940.277 - RESPUESTA OBSERVACIÓN REQUERIMIENTO SYNERGY 02.428.707 PROYECTO 6571 - LICI - BOG LTDA - SGC.

01.940.636 - RESPUESTA OBSERVACIÓN FINANCIERA PROYECTO 6571 PROCESO 090/2017 JUAN MANUEL LÓPEZ - SGC.

01.941.590 - Respuesta a observación - IPO 090/2017 - Pr. 6571 - OJ-GC.

01.941.995 - RESPUESTA OBSERVACIÓN REQUERIMIENTO SYNERGY 02.431482 PROYECTO 6571 - IZMA S.A.S.

DOCUMENTO ORIGINAL FIRMADO EN FÍSICO.

Calle 44 Nº 54 – 11 CAN Fax: 2224889 - 2225786. PBX: 2207800 E-mail: indumil@indumil.gov.co. Página 12 de 12

 


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